Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Familiar de Michoacán que permite a los padres decidir el orden de los apellidos al registrar a sus hijos. Con este cambio, ya no será obligatorio que el apellido paterno aparezca primero.
La reforma fue aprobada por las y los diputados de la 76 Legislatura, y garantiza que el derecho a la identidad y al nombre de cada persona sea protegido desde su nacimiento. Ahora, en el momento de inscribir el acta, los progenitores podrán establecer libremente el orden de los apellidos.
Además, cuando una persona haya sido víctima de violencia familiar o delitos cometidos por uno de sus padres, podrá solicitar, al cumplir 18 años, la modificación del orden de sus apellidos o incluso eliminar el del progenitor agresor.
Otro punto importante de la reforma es que el Registro Civil deberá emitir el acta de defunción sin importar cuánto tiempo haya pasado desde el fallecimiento, siempre que lo solicite la Fiscalía o el Ministerio Público.
Para los casos de cuerpos no reclamados o restos óseos sin identificar, se incluirá una nota marginal con datos de la carpeta de investigación, así como información genética o rasgos físicos que permitan individualizar a la persona fallecida.
También se reformaron artículos de la Ley Orgánica del Registro Civil, lo cual permite que tanto el director como los oficiales puedan corregir errores mecanográficos o de ortografía en las actas, siempre que no afecten datos esenciales.
Por último, se estableció que quienes ocupen el cargo de oficial del Registro Civil deberán ser licenciados en Derecho o contar con experiencia jurídica comprobable.
SHA