
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Las y los magistrados del Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) aprobaron el acuerdo del Juicio Ciudadano TEEM-JDC-188/2025, con el cual se reconocen omisiones por parte del presidente, secretario y director de Obras Públicas del municipio de Churintzio, pues las autoridades municipales evitaron facilitar información pública a varios regidores.
De la queja, las y los regidores adjuntaron como prueba la solicitud de información con fecha del 4 de junio de este año, sin que hasta el momento se les haya dado contestación.
La conducta denunciada fue la de omitir proporcionar información y documentación solicitada mediante oficio.
Una vez analizada la queja, el pleno del TEEM declaró fundada "la vulneración al derecho político-electoral de ser votados de los actores en la vertiente del ejercicio del cargo; ordena a las autoridades responsables que actúen en la forma y términos señalados en los efectos; y, conmina a las responsables para que en lo subsecuente cumplan en tiempo y forma con lo ordenado".
En la sentencia se le ordena al alcalde Francisco Javier Pérez Maldonado, a su secretario del ayuntamiento y al director de Obras Públicas dar contestación a los actores; asimismo, se ordena amonestar públicamente a las autoridades responsables por incumplir con su obligación de realizar el trámite de ley del presente medio de impugnación, así como rendir el informe circunstanciado.
mrh