
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- A partir de este jueves 17 de abril, entra en vigor en Michoacán un decreto que prohíbe la reproducción o interpretación de música que haga apología del delito en eventos públicos, y cuya multa máxima asciende a 79 mil 198 pesos.
La nueva normatividad, publicada en el Periódico Oficial del Estado, contempla como sanción económica la aplicación de hasta 700 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), la cual equivale en 2025 a $113.14 pesos diarios, según el Inegi.
El decreto prohíbe géneros como los corridos tumbados, narcocorridos, corridos progresivos, bélicos y alterados, así como cualquier otra música que haga alusión a personas o grupos ligados al crimen organizado, en espacios como plazas, auditorios, estadios, ferias, centros de espectáculos o cualquier lugar con acceso al público.
Además de la multa económica, los organizadores de este tipo de eventos podrían enfrentar:
Suspensión temporal o definitiva del evento
Clausura del recinto
Revocación de licencias y permisos
Las Secretarías de Gobierno y de Seguridad Pública serán las encargadas de realizar operativos de inspección y aplicar las sanciones correspondientes.
De acuerdo con el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla, lo recaudado por estas multas será destinado a apoyar orquestas infantiles y grupos musicales en comunidades de la Meseta Purépecha.
rmr