NAOMI CARMONA
Michoacán

Tribunal revoca medidas cautelares del IEM contra el gobernador Bedolla

Naomi Carmona

Morelia, Michoacán, (MiMorelia.com).– El Pleno del Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) revocó, por unanimidad de votos, el acuerdo de medidas cautelares emitido por la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) en contra del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla. El órgano jurisdiccional determinó que la orden de "abstención" impuesta al mandatario estatal carecía de la debida fundamentación y motivación legal, vulnerando sus derechos de libre expresión en ámbitos partidistas.

El proyecto de sentencia, elaborado por la ponencia de la magistrada Alma Bahena Villalobos dentro del recurso de apelación RAP-005/2026, analizó las quejas derivadas de diversas manifestaciones del gobernador en asambleas de su partido. En dichos eventos, Bedolla había expresado que "es tiempo de mujeres" y se refirió a la posibilidad de que en 2027 una mujer encabece la próxima gubernatura, lo que el IEM calificó preliminarmente como un riesgo para la equidad y la imparcialidad.

No obstante, la ponencia determinó que el IEM no justificó el "temor fundado" de un daño irreparable ni demostró cómo es que las expresiones del gobernador trascendían los límites del derecho político para ubicarse en una infracción electoral. Al tratarse de hechos futuros de realización incierta, el tribunal consideró que las manifestaciones mantuvieron en todo momento su naturaleza estrictamente política y partidista, sin llamados al voto o actos anticipados de campaña.

Durante la discusión del proyecto, el magistrado Adrián Hernández Pinedo señaló que el acuerdo del IEM dejaba al gobernador en un estado de vulnerabilidad jurídica al no especificar bajo qué escenarios sus dichos podrían generar una violación real a la normativa. Advirtió que imponer una medida de tutela preventiva sin elementos sólidos podría interpretarse como una restricción indebida a la participación política.

"Desde mi punto de vista, esto lo que implica es dejar una especie de estado de indefensión porque no se precisa un escenario en el cual estas manifestaciones puedan generar esta vulneración, lo que desde mi punto de vista puede traducirse en un acto de censura periódica," sentenció el magistrado Hernández Pinedo al anunciar su voto a favor de la revocación.

Por su parte, la magistrada presidenta, Amelí Navarro Lepe, aclaró que la resolución de este jueves se centra exclusivamente en la validez de las medidas cautelares y no en el fondo del Procedimiento Especial Sancionador (PES), el cual seguirá su curso legal. Explicó que para que una medida cautelar sea procedente, la ley exige acreditar requisitos estrictos como el peligro en la demora o la posibilidad de daños irreparables a los principios tutelados, lo cual no ocurrió en este caso.

"No se justificó con los motivos y las razones suficientes el por qué se cumplen todos estos requisitos que la ley exige. ¿Con qué o cómo se acredita ese peligro en la demora, el temor fundado, los presuntos daños irreparables o que desaparezcan las circunstancias de hechos necesarias para tomar la determinación en el fondo?" cuestionó Navarro Lepe durante su intervención en el Pleno.

Con esta resolución, el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla queda libre de la vinculación impuesta por el IEM que le ordenaba abstenerse de emitir este tipo de declaraciones.

SHA

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