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Michoacán

Sala Superior desecha de plano demanda del PRI contra integración del Tribunal Electoral de Michoacán

El PRI alegó que, la validación de la elección de Irimbo debía anularse por la supuesta indebida integración del Pleno del TEEM

Naomi Carmona

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró desechar del plano la demanda promovida por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en cuanto a la supuesta indebida integración del Pleno del Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM), y con ello, la ilegalidad en la validación de los resultados de la elección extraordinaria en Irimbo.

Lo anterior recae en la decisión de la Sala Regional con sede en Toluca, para reservar dicho señalamiento y enviarlo a la Sala Superior, pues la regional se declaró sin las atribuciones para pronunciarse sobre la integración del tribunal local.

La parte recurrente -PRI- consideró que la sentencia del TEE debe ser nula, por una supuesta violación a la constitucionalidad, legalidad y convencionalidad de las leyes, por la designación de Everardo Tovar Valdez como magistrado por ministerio de ley. Consideró también que se negó el acceso a la justicia, tutela judicial efectiva y exhaustividad.

La Sala Superior no advirtió un problema de constitucionalidad, además de que no consideró que el asunto sea importante ni trascendente para el orden jurídico nacional. Asimismo, refirió, se trata de un aspecto de mera legalidad para efectos de la procedencia de la impugnación.

La responsable no interpretó directamente la Constitución, ni desarrolló el alcance de un derecho reconocido por esta o en el orden convencional, ni realizó un control difuso de convencionalidad u omitió realizarlo, en tanto que la materia en análisis no ameritaba tales estudios, al tratarse de meros aspectos de legalidad"

Con base en lo anterior, la Sala Superior confirmó que el asunto no amerita un estudio adicional, y "debido a que no se actualizan los requisitos legales o jurisprudenciales de procedibilidad, lo procedente conforme a derecho es desechar de plano la demanda", menciona la sentencia.

SHA

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