Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avanzó este jueves en la resolución de una serie de juicios fiscales interpuestos por empresas del Grupo Salinas, determinando que Elektra deberá cubrir un adeudo de más de 33 mil millones de pesos al Servicio de Administración Tributaria (SAT), correspondiente al Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio fiscal 2013, incluyendo recargos, multas y actualizaciones.
Este fallo es parte de una disputa prolongada entre el conglomerado empresarial liderado por Ricardo Salinas Pliego y el gobierno federal, en torno a créditos fiscales que han sido impugnados en diversas instancias judiciales. En esta jornada, el Pleno de la Corte resolvió de forma unánime tres de los siete juicios en análisis, consolidando una tendencia de firmeza institucional en materia tributaria.
Además del fallo contra Elektra, los ministros rechazaron un intento del corporativo por apartar a la ministra Lenia Batres Guadarrama de los casos relacionados con el grupo, a pesar de que en años previos expresó críticas hacia su presidente en redes sociales. La Corte consideró que esas expresiones no representaban un riesgo de parcialidad suficiente para justificar su exclusión.
La validez del proceso también fue cuestionada por el propio Ricardo Salinas en redes sociales, al alegar que no se respetaron los tiempos legales para la publicación de los casos en la lista de la Corte. Sin embargo, el secretario general de Acuerdos del máximo tribunal, Rafael Coello Cetina, confirmó que el procedimiento fue legítimo, al haber sido publicado desde el 7 de noviembre, superando el mínimo requerido de tres días naturales.
Uno de los asuntos más significativos fue el relacionado con el amparo directo en revisión 6321/2024. Este fue desechado luego de que la Secretaría de Hacienda impugnara la decisión previa de la ministra presidenta Norma Piña, quien había admitido a trámite el caso. El nuevo criterio de la Corte sostiene que este litigio no aporta una novedad constitucional suficiente, dado que ya existen precedentes similares resueltos por el tribunal.
rmr