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Análisis legislativo sobre cumplimiento del gobierno estatal, de los derechos de los pueblos y las mujeres indígenas

Columnista Invitado

Por: M. en D. Marisol Regalado Moreno

Hablar sobre los derechos de los pueblos originarios es un tema de debate reciente, considerando que en México estas comunidades han sido históricamente marginadas y discriminadas, no obstante ser parte esencial de la identidad y cultura nacional. A lo largo del tiempo, se han realizado diversos esfuerzos para fomentar su inclusión y el respeto a sus derechos.

En el caso particular de Michoacán, tema central de este análisis, su Constitución local ha pasado por distintas reformas desde su aprobación por el Congreso Constituyente en 1857. En 1918 se reconoció la personalidad jurídica de los pueblos originarios, garantizándoles derechos como la propiedad en sus distintas formas. Este reconocimiento fue reiterado en 1998 bajo nuevas modalidades. Sin embargo, estos avances no fueron suficientes, ya que las tierras de estas comunidades fueron despojadas por habitantes de otras zonas e incluso por autoridades municipales. A pesar de lo establecido en la Constitución, las violaciones a los derechos humanos continuaron, afectando no solo el territorio, sino también a mujeres y hombres indígenas.

Ante esta situación, y gracias a las exigencias de los pueblos originarios, la reforma constitucional de 2011 marcó un cambio importante en el sistema jurídico mexicano. Esta reforma colocó los derechos humanos en el centro y reconoció de manera formal a los grupos en situación de vulnerabilidad. En ese contexto, el Congreso del Estado de Michoacán también se sumó a esta transformación y respaldó a estas comunidades.

La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo actualmente reconoce el derecho a la consulta y establece mecanismos para la participación de los pueblos originarios en los órganos de gobierno, tanto estatales como municipales. Además, se les permite decidir la forma en que imparten justicia en sus comunidades, eligiendo los procedimientos que consideren adecuados para resolver conflictos, ya sea a través de sus autoridades tradicionales o gubernamentales.

Por otro lado, el artículo 3°, párrafo séptimo, fracción XVII, de la Constitución en cita, establece que los derechos de las mujeres indígenas deben ser garantizados mediante políticas públicas y normas emitidas por las autoridades, permitiéndoles participar activamente en la vida social, política y cultural de sus comunidades.

Es importante destacar que el gobierno de Michoacán ha expresado su apoyo a las comunidades indígenas, incluyendo acciones enfocadas en las mujeres. La Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas ha llevado a cabo más de 25 consultas, principalmente en la región lacustre, incluyendo el municipio de Pátzcuaro. Estas consultas concluyeron que la mayoría de las mujeres son víctimas de violencia en diversos ámbitos, siendo las mujeres indígenas las más vulnerables, no solo por parte de sus entornos cercanos, sino también por la exclusión que enfrentan en la sociedad en general.

En este contexto, el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla reconoció el respaldo de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, destacando que en diciembre de 2024 se aprobó una reforma constitucional histórica en Michoacán. Esta reforma elevó a rango constitucional al menos 22 derechos de los pueblos indígenas, incluyendo la libre determinación y el autogobierno. Con ello, se les permite elegir a sus autoridades y gobiernos comunales conforme a sus usos y costumbres, administrar directamente su presupuesto y ejercer funciones de gobierno.

La presencia de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo este pasado sábado 5 de abril en Cheranástico es una muestra fehaciente del importante reconocimiento de los pueblos originarios y la urgencia de atender sus necesidades más sentidas. Como se puede ver, no solo es el programa de estufas eficientes, sino todo un conjunto de políticas públicas y acciones para continuar saldando la deuda histórica con estas comunidades.

Se han dado pasos significativos hacia el reconocimiento y fortalecimiento de los sistemas tradicionales de las comunidades indígenas en Michoacán, y se atienden retos importantes; entre ellos se encuentra el reconocimiento total de sus sistemas de justicia y la aplicación efectiva de sus derechos, lo cual exige un compromiso constante y acciones concretas para garantizar su autonomía y bienestar.

rmr

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