Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Con la reforma aprobada a la Ley General de Víctimas, por parte de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, se estableció el derecho a las víctimas de contar con un intérprete o traductor lingüístico cuando ésta no comprenda el idioma español o tenga discapacidad auditiva, verbal o visual, el cual deberá ser nombrado por la Comisión Ejecutiva del Sistema Nacional de Víctimas desde su ingreso al registro, manifestó Carlos Torres Piña, diputado federal.
Asimismo ordena que las entidades federativas, además de contar con asesores jurídicos de atención a víctimas adscritos a su respectiva Unidad de Asesoría Jurídica de Atención a Víctimas, también contarán con intérpretes o traductores lingüísticos.
Las personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes sufren frecuentemente de discriminación estructural y son revictimizadas en el ejercicio de sus derechos fundamentales, como el acceso a la justicia.
La falta de traductores e intérpretes ocasiona que las mujeres indígenas sean aún más vulnerables a la violencia institucional, puesto que las obligan declarar en español, las culpabilizan de la violencia y les niegan los servicios de justicia.
Con esta reforma se da cumplimiento a los diversos Instrumentos Internacionales en materia de derechos humanos de los que el Estado mexicano es parte y contribuye a la erradicación de la discriminación y a la construcción de un México más inclusivo y justo.
Boletín/PO