Si recibes una herencia o vendes tu casa, debes declararlo

La declaración anual de personas físicas se debe presentar a más tardar el 30 de abril (Foto ACG)
La declaración anual de personas físicas se debe presentar a más tardar el 30 de abril (Foto ACG)

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com/Josimar Lara).- Salvador Juárez Álvarez, presidente del Consejo Directivo del Colegio de Contadores Públicos de Michoacán, exhortó a los contribuyentes a que declaren si que llegan a enajenar una casa o reciben una herencia, porque el no hacerlo se convierte un ingreso gravado.

"Aquella señora que vendió su casa habitación en 700 mil pesos y por no declararla a la vuelta del tiempo tendría que pagar 30 por ciento, por poner un porcentaje de impuesto", ejemplificó.

Mencionó que es común que las personas que venden su casas no lo declaren, pero se debe de presentar en la declaración anual de acuerdo al ejercicio en el que se hizo. "Si se enajeno la casa en 2015, sin duda que la debe declarar en esta declaración de  2016".

Resaltó que por la declaración anual de personas físicas, la cual se debe presentar hasta el 30 de abril, el trabajo repunta  hasta 200 por ciento para los contadores.

Exhortó a la ciudadanía a que cumplan con esta obligación fiscal a tiempo y que para que surtan efecto las deducciones personales, principalmente en los gastos médicos deben ser pagados con cheque nominativo o transferencia bancaria porque si no se hace de esa manera no es válido.

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