
Ciudad de México (MiMorelia.com).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó nuevamente al Instituto Nacional Electoral (INE) entregar constancias de mayoría a 12 candidatos ganadores en la pasada elección judicial, a quienes se les había retirado el triunfo por no alcanzar un promedio académico mínimo de 9 en materias especializadas, según una metodología aplicada por el INE y no por los comités evaluadores facultados.
El TEPJF determinó que el instituto excedió sus funciones constitucionales al modificar criterios tras la jornada electoral, lo que vulnera el principio de certeza. La magistrada presidenta, Mónica Soto, señaló que “no se pueden cambiar las reglas después de jugado el juego”.
En contraste, se confirmó la invalidez del triunfo de tres candidatos que no cumplieron con el promedio mínimo de 8 en licenciatura, requisito considerado indispensable para ocupar el cargo. En estos casos, se revisará si los segundos lugares cumplen con todos los criterios.
Además, el tribunal reconoció el triunfo de siete candidatas que habían sido desplazadas por hombres con menor votación, en una interpretación errónea del principio de paridad de género por parte del INE.
En otro punto, la Sala Regional Especializada sancionó a la consultora Algoritmo, S. C., por difundir una encuesta sin entregar el estudio metodológico al INE, lo que afectó el derecho de la ciudadanía a contar con información confiable.
agm