
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El diputado del Partido del Trabajo (PT), presentó una reforma al artículo 142 del Código Penal para el Estado de Michoacán, con la finalidad de que todo aquel que hiciere abortar a una mujer con consentimiento previo de ésta, se le imponga una pena de dos a tres años de prisión, y si el consentimiento se hubiese inducido empleando violencia física, económica o psicológica o mediante engaños, a la persona o personas que hayan inducido el consentimiento se les imponga, de seis a nueve años de prisión además de una multa.
El legislador petista consideró indispensable que en el código penal del Estado de Michoacán se establezca una pena para el progenitor o para la persona o personas que induzcan a las mujeres embarazadas a que aborten, si consiguen el consentimiento empleando violencia física, económica o psicológica o mediante engaños.
En ese sentido, Gaona García expuso que el espíritu de esta iniciativa es que se sancione al progenitor o a cualquier otra persona que por una acción u omisión contribuya a que la mujer tome la decisión de recurrir al aborto, con la observación de que la sanción que se le imponga sea más severa que la que se le pueda imputar a la mujer.
RPO