Ordena INE a David Cortés bajar de redes sociales propaganda con niños y niñas

En dos publicaciones el INE constató el uso ilícito del rostro de infantes sin previa autorización y violentando los artículos 76 y 77 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Ordena INE a David Cortés bajar de redes sociales propaganda con niños y niñas
FB/davidcortesm

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Tras una denuncia ciudadana, el Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a David Cortés Mendoza, candidato federal por el Distrito 10 de Morelia, bajar de sus redes sociales propaganda política en la cual se exhiben sin censura los rostros de niños y niñas, así como abstenerse de realizar en lo consiguiente publicaciones similares.

La queja fue presentada por el ciudadano Carlos Armando C. R. el pasado 12 de abril y en la cual, afirmó, la parte de la propaganda del candidato del PAN, PRI y PRD "violentan de manera grave los derechos de niñas, niños y adolescentes, al exponer su rostro, cuerpo e imagen".

Lo anterior fue sustentado en los artículos 76 y 77 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y en los cuales se enmarca la ilegalidad de utilizar imágenes de menores de edad sin el consentimiento de quien ejerce la patria potestad de los menores y sin difuminar, ocultar, o hacer irreconocible la imagen, voz y otros datos que puedan identificar a los menores.

"Con independencia de las circunstancias, se atrevió a exhibir en diversas redes sociales, como ya quedó citado, la imagen de menores de edad, sabedor de que la ley en la materia es muy clara al establecer que está prohibido la aparición de menores en la propaganda electoral, porque su exhibición puede causarles riesgos que afecten su integridad personal, física, psicológica, pueden ser discriminados, criminalizados, así como estigmatizados", reza el documento, copia en poder de MIMORELIA.COM.

Por parte del INE Michoacán se llegaron a diversas conclusiones, entre ellas, que se certificó la existencia de una publicación que deja al descubierto el rostro de una persona menor de edad; que la libertad de expresión del candidato tiene límites vinculados con la dignidad o la reputación de las personas y los derechos de terceras personas, incluyendo los de las niñas, niños y adolescente.

De las cinco elementos de prueba expuestos por el ciudadano denunciante, por el INE fueron dos de ellas, y con base en lo cual se ordenó a David Cortés retirar un video y una imagen en los que se exhiben a dos menores de edad sin censurar su rostro así como, abstenerse de volver a subirlas en cualquier otra Red Social.

"Asimismo, se le previene para que se abstenga de seguir publicando en Redes Sociales, cualquier tipo de videos y/o imágenes, en los cuales se puedan visualizar personas menores de edad, aún y cuando sean casos espontáneos y/o fortuitos sin atender a los Lineamientos, pues al advertirse una situación fáctica objetiva que revela la comisión de conductas posiblemente antijurídicas, cuya continuación o repetición debe evitarse en el futuro", se lee en el documento.

A la resolución del INE Michoacán se suma otra en la cual se le ordenó al panista evitar colocar propaganda ilícita en material inflable en vía pública que funciona con un motor de gasolina y considerada va en contra del medioambiente.

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