Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La Secretaría de Seguridad Pública (SSP), hace un llamado a la sociedad, a evitar emplear en vehículos particulares, dispositivos similares a los que se emplean en unidades policiales, de instituciones de seguridad o emergencias.
La SSP exhorta a la población a no modificar las unidades con los dispositivos e implementos, toda vez que el artículo 73. del Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Michoacán, así lo estipula:
Artículo 73. Se prohíbe utilizar en vehículos particulares:
Fracción II. Faros delanteros color distinto al blanco o ámbar.
Fracción III. Burbujas o torretas de color azul o rojo.
Fracción IV. Dispositivos similares a los utilizados por vehículos policiales o de emergencia.
Fracción V. Faros deslumbrantes que pongan en riesgo la seguridad de conductores o peatones.
Quienes hagan caso omiso a lo dictaminado por el artículo citado, serán acreedores a una multa correspondiente a 30 UMAS, lo cual equivale a 3 mil 80 pesos.
Boletín/PO