Morelia cuenta por primera vez con un reglamento de Desarrollo Urbano: IMPLAN

Joanna Moreno explicó los beneficios de la autorización que hizo hoy el Cabildo.
Morelia cuenta por primera vez con un reglamento de Desarrollo Urbano: IMPLAN
FÁTIMA MIRANDA

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Luego de que el Cabildo por unanimidad autorizó el Reglamento de Desarrollo Urbano de Morelia, Joanna Moreno Manzo, directora del Instituto Municipal de Planeación (IMPLAN), celebró que se haya logrado avanzar en este tema.

Y es que:

"El municipio no contaba con él y es la primera vez que además de haber un Plan de Desarrollo Urbano, hay un reglamento que facilita la comprensión y la gestión del mismo, se encuentran desde definiciones muy sencillas de qué es la zonificación, cuáles son las atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Urbano, y del IMPLAN"

En este sentido, resaltó que el reglamento detalla las normas de aprovechamiento de las zonificaciones, dígase cómo se entienden las tablas de niveles, las alturas permitidas, dónde sí cuáles son las excepciones y habla también de "los coeficientes de ocupación de suelo sobre qué porcentaje se puede ocupar y cuánto se tiene que dejar libre”, entre otras cuestiones.

También se incluye el tema de cómo se puede adquirir un coeficiente adicional a través de un pago de derechos; además vienen las normas de densidades, los cálculos, las fórmulas de cálculos y el reglamento con el que se aplica el programa y que hace mucho más sencillo para los ciudadanos.

Eso, dijo, lo hace mucho más sencillo y disminuye incluso los riesgos de corrupción y de qué interpreten los programas a discrecionalidad, “porque a lo mejor ahorita estamos nosotros que hemos trabajado en la elaboración del programa y es reciente, pero con el paso de los años lo que queremos dejar es que el reglamento sea muy claro en lo que se le pide al ciudadano”, por ejemplo para emitir un dictamen de impacto urbano vial, antes pues sí se pedía pero no había una sola norma en donde decía que se tenía que presentar por parte del ciudadano para que fuera válido.

Moreno Manzo añadió que lo mismo sucede con las opiniones técnicas del Instituto para la interpretación y modificación del programa de Desarrollo Urbano, “ahora ya viene muy claro que se requiere y en cuántos días hábiles te tenemos que contestar”.

Este reglamento también habla de sanciones en materia general por la violación al programa, aunque las multas y sanciones ya con UMAS vienen en el código de Desarrollo Urbano, están en el apartado de sanciones, lo que se hace es atraer las sanciones de la normatividad estatal pero sí se explica ante qué casos, por ejemplo, urbanizar fuera de zonas permitidas o hacerlo sin permiso, subir por encima de los coeficientes permitidos.

Añadió que viene un apartado de las restricciones por riesgo, dijo que justamente se consideran las actualizaciones del Atlas de Riesgo y se estipulan claramente las limitantes al respecto.

No es que no se pueda construir del todo, es que hay que tener mucha claridad el tipo de riesgo y el alcance del mismo, no solo habla de inundaciones sino también de fallas y fracturas.

gtr

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