Por el momento, Charapan no cambiará de régimen de gobierno

Por el momento, Charapan no cambiará de régimen de gobierno
NAOMI CARMONA
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Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Al no contar con los elementos suficientes sobre la existencia de un sistema normativo interno indígena, el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) rechazó el cambio de régimen de gobierno en el municipio de Charapan y que buscaba a través de una solicitud hecha por un grupo autodenominado "Consejo de Vigilancia".

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Por el momento, Charapan no cambiará de régimen de gobierno

Tras una larga sesión en el Consejo del IEM, las y los consejeros aprobaron el acuerdo en lo general que tiene su base en la solicitud a las instituciones pertinentes para generar un estudio antropológico en el municipio de Charapan, sin incluir a las comunidades de San Felipe de los Herreros y San Pedro Ocumicho con la finalidad de que el órgano electoral se allegue de mayores elementos que permitan acreditar la existencia de un sistema normativo indígena.

Lo anterior a través de un peritaje antropológico al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), el Colegio de Michoacán o cualquier otra entidad que cuente con el conocimiento, experiencia, capacidad técnica y de recursos humanos.

La sesión se extendió hasta tres rondas de participación de las y los consejeros, pues existe una enorme laguna en la ley en torno a la función del IEM sobre realizar consultas indígenas para un cambio de régimen de gobierno, y así pasar del sistema de partidos a un sistema de administración basado en usos y costumbres, tal como la que ya ejerce Cherán desde el 2011.

El acuerdo fue realizado por la Comisión de Pueblos Indígenas, presidido por Viridiana Villaseñor Aguirre, quien justificó en su exposición que, con fundamento en la ley y criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación estableció que, una solicitud de consulta para transitar del sistema de partidos políticos al sistema normativo interno indígena debería cumplir con los requisitos siguientes:

1. Solicitud de cada una de las localidades que integran el municipio, es decir, cabecera, comunidades y tenencias.

2. Los documentos que acrediten su calidad de autoridades u órganos representativos de los solicitantes.

3. El Acta de Asamblea General de cada una de las comunidades que integran el municipio, que contenga la determinación de solicitar una consulta para cambiar del sistema de partidos políticos al sistema normativo interno.

4. Comprobar la existencia de los sistemas normativos internos que prevalecen en las comunidades indígenas.

Por un lado, Marlene Mendoza Díaz de León, recordó que, el estudio antropológico no versa en si Charapan está habitado por población indígena, sino si aún existen indicios de un sistema de costumbres a través de las cuales pueda regirse un gobierno indígena.

Por su parte, Carol Arellano Rangel, defendió los libros enviados por los solicitantes como pruebas de la existencia de un sistema normativo interno, pues señaló, en ellos se enmarcaron los antecedentes de la organización purépecha, pasar a cabildos de barrios y finalmente ceder a la colonización y terminar en un ayuntamiento como forma de gobierno municipal.

NAOMI CARMONA

Además consideró que, ante el proceso electoral es importante que se establezcan los tiempos de cuándo se realizará el estudio antropológico y cuándo se entregaran los resultados.

Ante la determinación del IEM, por el momento Charapan seguirá bajo un sistema de partidos, y las elecciones se desarrollarán conforme ya se habían establecido en el calendario electoral.

oag

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