¡Oficial! Entra en vigor decreto que prohíbe las corridas de toros en Michoacán

El decreto fue publicado en el Periódico Oficial del Estado en el que se establecen las sanciones administrativas correspondientes
¡Oficial! Entra en vigor decreto que prohíbe las corridas de toros en Michoacán
CORTESÍA
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Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Con la publicación en el Periódico Oficial del Estado del decreto a la reforma del artículo 67 y al artículo 68 de la Ley de Derechos, el Bienestar y Protección de los Animales, de manera oficial quedan prohibidas las corridas de toros en Michoacán.

En la publicación del 9 de abril se detalla que se modifica el artículo 67 en el que se prohíbe “azuzar animales para que acometan entre ellos, y hacer de las peleas así provocadas, espectáculo público o privado”.

La medida exceptúa prácticas tradicionales como la charrería, los jaripeos y las peleas de gallos, siempre que se apeguen a los reglamentos y disposiciones vigentes.

En el caso de la adición de las fracciones I, II y III al artículo 68 de la Ley de Derechos, el Bienestar y Protección de los Animales en el Estado de Michoacán de Ocampo se establecen las sanciones administrativas correspondientes; así como que se enfatiza que se prohíbe toda clase de espectáculo público o privado que implique derramamiento de sangre, sufrimiento físico o la muerte de animales como parte del entretenimiento o atracción principal.

Es decir, esta disposición incluye las peleas de animales de cualquier especie, ya sean clandestinas o autorizadas, eventos taurinos como corridas de toros, novilladas y encierros; así como cualquier espectáculo o evento en los que se utilicen animales con fines de entretenimiento que impliquen maltrato físico, heridas, mutilaciones o cualquier forma de sufrimiento innecesario.

En la fracción III del artículo 68 se establece que las sanciones son:

  • Multas de hasta cuatro mil unidades de medida y actualización (UMA).

  • Clausura temporal o definitiva del lugar del evento.

  • Inhabilitación de permisos y licencias para los organizadores.

  • Incremento de sanciones en caso de reincidencia.

rmr

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