Michoacán (MiMorelia.com).- En el caso de Frida Santamaría fue el Ministerio Público quien hizo la reclasificación del delito de feminicidio a homicidio doloso, por las pruebas que se cuentan, explicó el magistrado presidente del Poder Judicial del Estado, Jorge Reséndiz Garcia.
En entrevista con medios de comunicación, el magistrado presidente detalló que en caso de que el caso de Frida Santamaría hubiera seguido el proceso por feminicidio se corría el riesgo de que el Ministerio Público no acreditará los elementos para el delito, se hubiera absuelto al imputado y no tuviera sanción.
Respecto al tema de que la familia de la víctima solicitó reemplazar al encargado de la apelación interpuesta ante el Tribunal de Justicia al considerar que existe un conflicto de intereses por la supuesta cercanía entre el magistrado de la tercera sala penal de Sahuayo, con Juan Paulo N., acusado del homicidio culposo de Frida Santamaría, el presidente del Poder Judicial aclaró que la elección del juez para un juicio se hace de manera aleatoria con un procedimiento con un sistema electrónico, en el que no tiene injerencia ninguna persona y de manera automática asigna el turno.
El magistrado presidente mencionó que el juez no ha externado tener un impedimento para el caso de Frida Santamaría, por lo tanto deberá emitir su resolución de manera imparcial.
SHA