

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La nueva disposición derivada de una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitida el pasado 6 de abril, permite que autoridades administrativas puedan bloquear cuentas bancarias sin necesidad de una orden judicial previa, cuando existan indicios de posibles actividades ilícitas.
Durante una rueda de prensa, integrantes de la Asociación Nacional de Especialistas Fiscales (ANEFAC), delegación Michoacán, explicaron que esta medida valida las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para ordenar el congelamiento de cuentas dentro del sistema financiero mexicano.
Los especialistas detallaron que anteriormente existía un criterio que limitaba esta facultad, ya que el bloqueo de cuentas sin orden judicial solo procedía cuando había una solicitud de autoridades extranjeras en el marco de investigaciones internacionales.
Con la nueva disposición, la UIF puede ordenar directamente el bloqueo de cuentas a partir de información generada a nivel nacional, sin necesidad de que intervenga un juez previamente.
Explicaron que esta medida es de carácter administrativo y preventivo, es decir, no implica que la persona sea culpable de un delito, sino que busca evitar que recursos presuntamente ilícitos continúen moviéndose dentro del sistema financiero mientras se realizan investigaciones.
Apuntaron que el criterio para aplicar estos bloqueos se basa en la existencia de “indicios” de actividades ilícitas, como operaciones con recursos de procedencia ilícita o financiamiento a actividades ilegales.
Sin embargo, indicaron que la normativa no establece con precisión qué se considera una “actividad inusual”, por lo que la identificación de estos indicios queda sujeta a la valoración de la autoridad.
En este tenor, explicaron que movimientos que se salen del comportamiento habitual de una cuenta, incluso si son legales, pueden ser considerados como inusuales y derivar en el bloqueo.
Asimismo, precisaron que el usuario no puede defenderse antes de la medida, ya que el bloqueo se aplica primero y, posteriormente, la persona involucrada debe acudir ante la autoridad para solicitar una audiencia y presentar documentación que acredite el origen lícito de sus recursos.
Añadieron que será la propia autoridad la que evalúe las pruebas y determine si procede el desbloqueo, sin que la ley establezca un plazo específico para resolver estos casos.
Finalmente, los especialistas señalaron que este esquema aplica para cualquier usuario del sistema financiero, ya sean personas físicas o empresas, y reiteraron que el fin de esta nueva medida es impedir el uso del sistema bancario para actividades ilícitas.
RPO