
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (GPMORENA), Fabiola Alanís Sámano, confió en que los votos necesarios para el ha lugar de la propuesta de reforma para instaurar en la Constitución de Michoacán la alternancia de género en la gubernatura del estado.
El tema está enlistado en el punto 30 de la sesión de mañana miércoles 18 de junio, pero para su votación del ha lugar, es decir, validando regresar a la Comisión de Puntos Constitucionales, en donde se analizarán y conjuntarán al menos cuatro iniciativas presentadas en la 75 y 76 Legislaturas.
Alanís Sámano confió en el voto a favor de la mayoría de las y los diputados, bajo el argumento de que la alternancia de género atiende a la agenda de género y los derechos de las mujeres:
"Yo dudo que algún diputado o alguna diputada se atreva a dar un argumento contrario al derecho de las mujeres. No veo a quién pueda decir: ‘No estoy de acuerdo en que sea una mujer’. No lo veo hasta ahorita. Si es así, sería una contradicción muy grande que tiene que ver con esta resistencia al cambio y con esta misoginia instalada en la sociedad, y a la que tenemos que romper esta cultura, digamos, de misoginia".
La morenista aclaró que será en la Comisión de Puntos Constitucionales en donde se defina si la alternancia será aplicable a partir del próximo proceso electoral en el 2027 o hasta el 2033, cuando se elija nuevamente al gobernador de Michoacán.
Sobre las voces partidistas que se han definido por un voto en contra del ha lugar, la coordinadora del GPMORENA afirmó que estas se basan en un desconocimiento de los derechos de las mujeres.
"Hemos escuchado algunas declaraciones que nos parecen aberrantes, que nos parecen una falta de desconocimiento total de lo que son las leyes, las normas respecto a la paridad. Tal parece que tienen miedo al avance de las mujeres, siguen teniendo resistencias a que las mujeres ocupemos los espacios que nos corresponden".
Finalmente, afirmó que la propuesta no va en contra de la Constitución Mexicana.
AML