Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El magistrado presidente del Poder Judicial del Estado de Michoacán (PJEM), Jorge Reséndiz García, aclaró que para acceder a un aborto seguro en la entidad será necesario que las mujeres hagan uso de un amparo hasta que la Cámara de la Unión modifique el Código Penal Federal, y posteriormente el Congreso local, reforme sus leyes estatales.
Actualmente en Michoacán el artículo 145 del Código Penal establece un castigo de seis meses a un año de trabajo a favor de la comunidad, sanción que menciona se impondrá sólo cuando el aborto voluntario se haya consumado, y entre las excluyentes del delito están: cuando sea producto de una violación, de inseminación artificial no consentida, precaria situación económica, por poner en peligro la vida de la madre, por malformaciones, entre otras.
En torno a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el magistrado presidente reconoció que todos los estados deberán sumarse a la despenalización del aborto, cuestión que únicamente enmarca la no criminalización de las mujeres que deciden interrumpir su embarazo, más no su legalización.
La SCJN resolvió el pasado martes 06 de septiembre un amparo promovido por la colectiva feminista "Gira" y con ello se ordenó la despenalización del aborto a nivel federal a través de la reforma al Código Penal Federal, así como la obligación a las instituciones de salud públicas a realizarlo.
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