¿Trabajaste este 1 de mayo? Por ley, así te lo deben pagar

¿Trabajaste este 1 de mayo? Por ley, así te lo deben pagar

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Si trabajaste este 1 de mayo, Día del Trabajo, aquí te contamos cómo te lo deben pagar por ley.

Y es que este día es de asueto oficial, por lo que que no debería ser laborable, aunque si sí laboras tu patrón debe dar una retribución marcada por ley.

Conforme al artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, en tu próximo pago deberás recibir el triple de tu salario correspondiente al día, es decir, tu salario diario más un salario doble por trabajar en un día de descanso obligatorio.

Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derechos a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado", dice la ley.
En caso de que tu centro de trabajo incumpla, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para recibir asesoría legal gratuita: 800 911 78 77.

rmr

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