
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Se acerca un nuevo día festivo en el que muchos trabajadores podrán disfrutar de un fin de semana largo, gracias a la conmemoración del natalicio de Benito Juárez. Aunque la fecha oficial es el 21 de marzo, este año el descanso obligatorio se trasladará al lunes 17 de marzo, de acuerdo con lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Esto significa que aquellos afortunados que tengan derecho al descanso obligatorio podrán disfrutar de un puente del sábado 15 al lunes 17 de marzo. Sin embargo, para quienes deban laborar ese día, la ley establece un pago especial.
Según el artículo 75 de la LFT, los trabajadores que presten sus servicios en un día de descanso obligatorio tienen derecho a recibir un pago doble por el día trabajado, además de su salario normal. Es decir, recibirán el pago del día más un extra equivalente al doble de su salario diario.
Algunas personas creen que el pago debería ser triple, sin embargo, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) aclara que el pago corresponde al salario normal más un adicional equivalente al doble de dicha cantidad.
Días de descanso obligatorio según el artículo 74 de la LFT establece los siguientes días de descanso obligatorio en México:
1 de enero.
Primer lunes de febrero (en conmemoración del 5 de febrero).
Tercer lunes de marzo (en conmemoración del 21 de marzo).
1 de mayo.
16 de septiembre.
Tercer lunes de noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre).
1 de octubre (cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal).
En este caso, el tercer lunes de marzo corresponde al 17 de marzo, por lo que las empresas deberán acatar las disposiciones legales en cuanto a descanso y pago especial para quienes laboren ese día.
mrh