

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación transformó de fondo el acceso a la pensión de viudez en México, al eliminar la obligación de acreditar un matrimonio formal para recibir este derecho.
La resolución, dada a conocer tras el análisis de diversos casos, obliga al Instituto Mexicano del Seguro Social a modificar sus criterios y dejar de exigir requisitos como la duración mínima del matrimonio o la presentación exclusiva del acta matrimonial.
El máximo tribunal del país determinó que estas condiciones resultaban discriminatorias y no reflejaban la realidad social de miles de familias mexicanas.
El criterio de la Corte reconoce que muchas relaciones de pareja se desarrollan fuera del matrimonio formal, por lo que el acceso a la seguridad social no puede depender únicamente de un documento legal.
Actas de nacimiento de hijos en común
Comprobantes de domicilio compartido
Estados de cuenta o documentos financieros
Registros en AFORE
Testimonios que acrediten convivencia
Fin a años de exclusión
Durante años, el IMSS rechazó solicitudes de pensión de viudez cuando no existía un acta de matrimonio o no se cumplían ciertos plazos legales, lo que dejó en situación vulnerable a mujeres que dependían económicamente de su pareja.
Igualdad ante la ley
Derecho a la seguridad social
Protección a la familia en sus diversas formas
Impacto social: más allá de lo legal
Este fallo no solo tiene implicaciones jurídicas, sino también sociales. Permitirá que miles de mujeres accedan a un ingreso tras la muerte de su pareja, incluso si no existía un vínculo matrimonial formal.
RPO