Sezane pone a bailar a indígena para fotografiarla a cambio de una miseria

INPI condena el acto
Los hechos ocurrieron en Oaxaca

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Oaxaca (MiMorelia.com).- La marca francesa de ropa Sezane puso a bailar a una mujer indígena zapoteca para fotografiarla y grabarla a cambio de una miseria.

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En redes sociales en las últimas hora se dio a conocer el video que muestra a gente de Sezane que hace una sesión a una mujer; en ella se ve que la ponen a bailar para tomarle fotos.

Los hechos ocurrieron el pasado sábado 10 de enero en el mercado de Teotitlán del Valle, Oaxaca.

ADN40 reportó que la marca francesa habría pagado 250 pesos a las mujeres indígenas que usaron para la nueva campaña, aunque en redes sólo de ve a una de ellas.

Al respecto, en comunicado de prensa el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) condenó enérgicamente el uso indebido de la imagen de mujeres indígenas zapotecas por parte de la marca de ropa francesa Sezane.

Asimismo, se dijo que por lo anterior, el INPI con base en sus atribuciones, dialogará con las autoridades de Teotitlán y las personas agraviadas para emprender un recurso jurídico, de conformidad con la ley, ya que estas acciones atentan contra la dignidad de los pueblos y comunidades y refuerzan estereotipos racistas sobre la cultura y las tradiciones indígenas.

¿Qué dicen las leyes?

Como lo menciona el artículo 2 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas “Los pueblos y las personas indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular la fundada en su origen o identidad indígenas.”

Asimismo, el artículo 21 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, cuyo proyecto ha sido aprobado recientemente por el Legislativo y enviado al Ejecutivo para efectos de su publicación, destaca que los pueblos y comunidades “podrán solicitar la intervención de la autoridad competente cuando se considere que, a partir del uso de los elementos del patrimonio cultural, se hayan realizado actos que atenten o afecten la dignidad e integridad cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, sin detrimento de las sanciones por daño moral o discriminación a que haya lugar”.

Finalmente, el INPI hizo un enérgico llamado a las marcas y empresas privadas a que cesen de explotar a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como capital cultural, pues no son objetos de indumentaria, sino sujetos de derecho público poseedores de un vasto patrimonio cultural y conocimientos tradicionales.

RYE

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