
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió una contradicción de criterios entre Tribunales Colegiados y determinó que las autoridades locales del sector salud tienen la obligación de implementar, difundir y organizar sus servicios para garantizar el derecho a interrumpir el embarazo de manera voluntaria.
En su resolución, la SCJN destacó que el acceso al aborto seguro debe garantizarse bajo principios de disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad y calidad, en concordancia con lo establecido en la Constitución Federal, tratados internacionales y la Ley General de Salud.
El fallo surge tras un debate entre tribunales, algunos de los cuales sostenían que la obligación de garantizar estos servicios derivaba de los derechos constitucionales y resoluciones previas de la Corte, mientras que otros argumentaban que no existía un mandato expreso en la Constitución o en las leyes federales.
Con esta decisión, el máximo tribunal del país deja en claro que los servicios de aborto voluntario deben ser accesibles en todo el país y que las autoridades locales de salud tienen el deber de garantizar su implementación y difusión.
SHA