

Ciudad de México (MiMorelia.com).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este martes que las mujeres podrán portar velo islámico en la fotografía oficial del pasaporte mexicano, siempre y cuando el rostro sea plenamente visible para fines de identificación.
Con ocho votos a favor, el Pleno aprobó un amparo en revisión en el que se analizó la constitucionalidad del artículo 14, fracción IV, del Reglamento de Pasaportes, tras el caso de una mujer a quien se le negó el trámite por negarse a quitarse el velo religioso.
El proyecto fue presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien subrayó que el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar la libertad religiosa, siempre que esta no comprometa la seguridad nacional ni impida la identificación clara de la persona.
“A lo largo de la historia, las mujeres hemos tenido que derrumbar muros y esquivar obstáculos para lograr vivir en libertad, igualdad y con dignidad”, expresó Esquivel durante la sesión.
Añadió que este caso implica una doble vulnerabilidad: por ser mujer y por profesar una fe minoritaria. Por ello, fue analizado con perspectiva de género e interseccionalidad, principios ya reconocidos por el alto tribunal.
“Ponernos en los zapatos de las personas en situación de vulnerabilidad nos permite protegerlas desde este Alto Tribunal”, afirmó la ministra.
Esta es la primera vez que la SCJN emite un criterio sobre el uso del velo islámico en documentos oficiales. Con ello, se reitera la doctrina constitucional sobre:
El carácter laico del Estado
La libertad religiosa
La prohibición de discriminación
El fallo establece que las manifestaciones religiosas pueden limitarse únicamente en casos excepcionales, por razones justificadas, sin que ello implique una renuncia a la fe o a la identidad persona
mrh