
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) aclaró que el 15 de septiembre no está considerado como día de descanso obligatorio según lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo.
En una publicación reciente en redes sociales, la dependencia federal recordó que si trabajas ese día, no te corresponde ningún pago extraordinario ni doble salario, a menos que tu centro de trabajo haya establecido el descanso de forma voluntaria.
“El lunes 15 de septiembre no es día de descanso obligatorio. Si trabajas, no te corresponde ningún pago extraordinario”, explicó la STPS.
Esta aclaración es relevante ante la cercanía de las fiestas patrias, pues existe la creencia generalizada de que la jornada previa al Grito de Independencia se otorga como feriado. Sin embargo, el único día oficialmente marcado como descanso obligatorio en septiembre es el 16, según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
La STPS también puso a disposición de los trabajadores el número de la PROFEDET (800 911 78 77) para resolver cualquier duda sobre días festivos, pagos o derechos laborales.
SHA