
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los padres adultos mayores o con discapacidad que dependían económicamente de un trabajador fallecido tienen derecho a recibir la pensión por muerte, incluso si existen otros beneficiarios como cónyuge o hijos.
En una decisión reciente, la Segunda Sala del máximo tribunal calificó como inconstitucional la disposición del Régimen de Pensiones del IMSS que excluía a los padres cuando había otros familiares con derecho.
La Corte argumentó que esa exclusión es discriminatoria, ya que ignora que los ascendientes también pueden estar en situación de vulnerabilidad económica y depender del ingreso del trabajador fallecido. Esta condición, dijo la Sala, es suficiente para que los padres puedan recibir la pensión en concurrencia con otros beneficiarios.
Además, se subrayó que en la actualidad existen diversos tipos de familias, más allá del modelo tradicional, por lo que los criterios legales deben adaptarse a esta realidad social.
Este fallo representa un avance en materia de derechos sociales y protección a personas mayores, al reconocer su derecho a una pensión por muerte sin ser excluidos automáticamente por la existencia de otros beneficiarios.
agm