Entra en vigor padrón de deudores alimentarios en México

Debe haber una demanda de pensión alimenticia para que la persona pueda estar en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias
Entra en vigor padrón de deudores alimentarios en México

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El pasado lunes fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, por lo que a apartir de este martes 9 de mayo entra en vigor.

Fue el pasado 22 de marzo que el Senado aprobó por unanimidad el dictamen para reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes con la intención de "fortalecer la ejecución y garantizar el oportuno cumplimiento de la pensión alimenticia de manera homologada en todo el país".

La reforma trae consigo la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, en el que se concentrará la información de las personas deudoras alimentarias, ya sean padres o madres.

La demanda de pensión alimenticia la puede presentar el menor víctima, pero también cualquier persona que tenga el conocimiento de que un menor de edad necesita alimentos. 

El decreto establece que los derechos alimentarios comprenden esencialmente la satisfacción de las necesidades de sustento y supervivencia y, en la especie:

a)    La alimentación y nutrición, vestido, habitación, recreación, atención médica y psicológica preventiva integrada a la salud, asistencia médico-hospitalaria y, en su caso, los gastos de embarazo y parto;

b)    Los gastos derivados de la educación y la formación para proporcionar a los menores un oficio, arte o profesión, adecuados a sus circunstancias personales, y

c)    Con relación a los menores con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdicción, lo necesario para lograr, en lo posible, su habilitación o rehabilitación y su desarrollo.

Además, ahora los Tribunales Superiores de las entidades federativas y de la Ciudad de México suministraránintercambiarán, sistematizarán, consultarán, analizarán y actualizarán la información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias en el ámbito de sus competencias utilizando los sistemas e instrumentos tecnológicos del Sistema Nacional DIF para que con ella integre al Registro Nacional de Obligaciones.

La calidad de deudor moroso se difundirá en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, el cual será público y deberá actualizarse cada mes.

El objetivo del registro es que las autoridades de los tres órdenes de gobierno dispongan de lo necesario, con la finalidad de establecer, como requisito, la presentación del certificado de no inscripción en dicho registro para realizar procedimientos y trámites como:

  • Licencias y permisos para conducir.

  • Pasaporte o documento de identidad y de viaje.

  • Participar como candidato a cargos de elección popular.

  • Participar en procesos de selección para asumir el cargo de personas juzgadoras en el ámbito local y federal.

  • Trámites realizados ante notario público relativos a la compraventa de inmuebles, la constitución o transmisión de derechos reales.

  • Solicitudes de matrimonio.

  • Las personas inscritas en el Registro no podrán salir del país.

rmr

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