
Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La jornada extraordinaria para elegir al Poder Judicial este 1 de junio de 2025 ha generado dudas entre trabajadores y empleadores: ¿se paga triple por laborar ese día? Aunque la fecha es histórica para la vida democrática del país, no representa un día de descanso obligatorio, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Así lo aclaró el abogado Joel Hernández Reyes, director del Despacho Hernández Reyes y Asociados, quien explicó que, si bien la ley contempla pagos especiales por días feriados, la elección judicial no figura en la lista oficial del artículo 74 de la LFT, que define los días de descanso obligatorio.
Aunque el artículo 74 menciona que las elecciones ordinarias pueden ser consideradas días de descanso, Hernández Reyes enfatizó que eso solo aplica si hay un decreto publicado por el Congreso en el Diario Oficial de la Federación, lo cual no ha ocurrido hasta el momento para el 1 de junio.
RPO