Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Si alguna vez has enviado una transferencia con un concepto de broma, pues deberías de tener más cuidado, ya que puedes tener un problema con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Dentro de este recuadro siempre debes colocar las razones por las que se realizan las transferencias, por ejemplo, si es una compra de algún artículo, un servicio, o una transferencia a un familiar.
Para el SAT cualquier cuenta puede ser fiscalizable, debido a que se toma en cuenta las cantidades y no los conceptos, aunque sí está en constante observación de irregularidades que pueda encontrar, como es el caso de las personas que colocan “donativo”, en el concepto de sus transferencias.
Las consecuencias de usar ese concepto varias veces y con varias cantidades grandes, es que el SAT podría solicitar una auditoría para la persona que realiza dicha práctica.
Cabe recalcar que los donativos si se pueden hacer, pero entre familiares, por lo que, de comprobarse la ilegalidad de este supuesto donativo, se puede considerar como evasión fiscal.
La consecuencia más grave en el caso que la persona utilice estos conceptos para confundir, podría ir a la cárcel de tres meses a dos años.
mrh