Anuncian seguro de vida para personal de hospitales Covid en México

Se podrá aplicar incluso si el fallecimiento se registró del 1 de abril a la fecha (Foto: Captura de pantalla)
Se podrá aplicar incluso si el fallecimiento se registró del 1 de abril a la fecha (Foto: Captura de pantalla)
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Ciudad de México (MiMorelia.com).- Este jueves se dio a conocer un apoyo más por parte del Gobierno de México, en este caso a la familia del personal del sector Salud que hace frente al Covid-19, el cual consiste en un seguro de vida aplicable desde el 1 de abril.

En conferencia matutina desde Palacio Nacional, presidida por Andrés Manuel López Obrador, presidente de la República, el secretario de Hacienda y Crédito Público de México, Arturo Herrera Gutiérrez, en su turno informó sobre esta nueva prestación a quienes laboran en hospitales Covid.

"Este será un seguro de carácter gratuito, se llamará Seguro personal de salud del Sector Salud ante la contingencia de Covid-19 cubrirá a todo el personal del sector que está trabajando en estos tipos de hospitales y lo cubrirá no solamente a partir de hoy que se hace el anuncio, sino que lo cubrirá de manera retroactiva, algo muy inusual, a partir del 1 de abril" adelantó Herrera.

A su vez Sofía Belmar, presidenta de Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, detalló que las 87 compañías que componen esta agrupación integraron una Cobertura Solidaria de Apoyo al Sector Salud.

Se protegerá a todos los trabajadores que están en la primera línea de batalla contra el Covid ante fallecimiento, se incluirá en la cobertura a 1.6 millones del personal, entre médicos, residentes, enfermeras, pasantes y auxiliar de enfermería, personal profesional y técnico, camilleros, intendentes y afanadores.

Indicó que la indemnización será de 50 mil pesos y los beneficiarios serán en primera instancia los cónyuges, de no haber serán los hijos, y si no hay los padres; la vigencia será del 1 de abril al 31 de agosto. 

Para hacer aplicable este seguro los beneficiarios deberán presentar:

  1. Constancia de la entidad pública de Salud que establezca que el fallecido trabajaba en la atención de casos Covid-19
  2. Resultado positivo de la prueba.
  3. Acta de defunción.

Redacción/rmr

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