Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Los deudores alimentarios no podrán acceder a cargos de elección popular, candidatos, en Michoacán; el Congreso del Estado alista una reforma para fortalecer las acciones ya existentes en la entidad en la denominada “Ley 3 de 3 contra la violencia”, pero que sea con sentencia judicial firme y que priorice el bienestar de las mujeres.
La iniciativa ya se encuentra en el Poder Legislativo en la Comisión de Asuntos Electorales, donde se prevé que en próximas fechas se apruebe y pueda aplicarse a partir del próximo proceso electoral que arranca en septiembre del presente año.
De acuerdo con el gobernador de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla, esta disposición permitirá ser un mecanismo para garantizar perfiles íntegros dentro del servicio público y fortalecer la protección de mujeres, niñas, niños y adolescentes.
Carta de no deudor alimentario tendrá que tramitarse
Indicó que esta acción será igual que tramitar la carta de antecedentes no penales en la Fiscalía General del Estado (FGE), para que ningún deudor alimentario sea candidato, incluyendo a aquellos que busquen un espacio vía representación proporcional, mejor conocidos como plurinominales.
“El tema es que ningún deudor alimentario podrá ser candidatos a puestos de elección popular. ¿Qué significa esto? Así como tendrán que tramitar su carta de antecedentes no penales en la Fiscalía General del Estado, en la Fiscalía General de la República, también tendrán que tramitar su carta de no deudor alimentario y quien no la obtenga, no podrá ser candidato ni a regidor, ni a pluri, ni a nada de eso”, dijo. “El tema es que ningún deudor alimentario podrá ser candidatos a puestos de elección popular. ¿Qué significa esto? Así como tendrán que tramitar su carta de antecedentes no penales en la Fiscalía General del Estado, en la Fiscalía General de la República, también tendrán que tramitar su carta de no deudor alimentario y quien no la obtenga, no podrá ser candidato ni a regidor, ni a pluri, ni a nada de eso”, dijo.
Es de mencionar que en Michoacán ya existe una restricción legal para que personas deudoras alimentarias morosas no puedan contender por cargos de elección popular, como parte de la llamada “Ley 3 de 3 contra la violencia”.
Esta medida deriva de reformas federales y estatales aprobadas entre 2022 y 2023, que establecen que quienes tengan sentencia firme por violencia familiar, delitos sexuales o incumplimiento de obligaciones alimentarias no podrán ser registrados como candidatos ni ocupar cargos públicos.
En el caso de Michoacán, el Código Electoral señala que no podrá ser postuladas las personas que aparezcan como deudores alimentarios morosos en algún padrón o registro vigente, la cual aplica para presidencias municipales, diputaciones locales, gubernatura o cualquier cargo de elección popular.
Además, la restricción también alcanza empleos y cargos dentro del servicio público. Sin embargo, uno de los problemas que se han evidenciado es que no existe un padrón estatal sólido ni actualizado de deudores alimentarios, lo que complica la verificación de candidaturas, incluso autoridades electorales han advertido esta carencia.
En términos prácticos, para poder competir la persona debe acreditar que no es deudor alimentario moroso o demostrar que ya cumplió con el pago y regularización de su situación; la ley especifica que únicamente es con sentencias firmes o registros oficiales, no basta con una acusación pública.
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