Yasmín, un problema de fuentes

Yasmín, un problema de fuentes

Yasmín Esquivel Mossa, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y esposa de José María Riobóo, que a su vez es hombre cercano al grupo en el poder, hoy es una persona que se cita, una y otra vez, en todo tipo de medios y documentos. Paradójico que sea citada tanto y ella al tiempo haya sido omisa -como al parecer sucedió- en citar a sus fuentes documentales en su tesis de doctora. Una persona muy citada que no cita.

Es una empresa difícil defender los yerros metodológicos de Yasmín Esquivel al no cumplir con la obligación de citar a sus fuentes en su tesis de grado, de hecho, no es defendible.

Como profesor he conocido de casos de alumnos(as) que omiten cumplir, a sabiendas, la obligación de citar sus fuentes documentales en sus tesis de maestría o doctorado, y no solo han sido reprobados(as), sino que se les excluye o expulsa de las instituciones de educación superior en las que presentan esos trabajos.

Sin embargo, me parece que la posición de tratar a una persona, en el caso la ministra, como única responsable y casi como a una homicida o algo similar en muchos de los medios de comunicación es una desproporción.

Esto es, si bien desde un ángulo educativo la omisión de la ministra de citar gran parte de las fuentes en su tesis de doctorado es un error grosero de método, esto no debe llevar a señalarla como única responsable e igualarla a una persona altamente peligrosa que delinque.

La omisión de esas citas es una conducta irregular, tanto en el orden educativo, de metodología, como ético, sin duda.

Pero la tesis que un(a) alumno(a) presenta, antes de ser aceptada y presentada para y en el examen correspondiente, pasa por varios “filtros” que la avalan, uno de ellos la persona que tutoró o dirigió la tesis, otra, las propias autoridades competentes de la institución de educación superior a la que esta adscrita el(la) alumno(a), de modo que si la persona que tutora o dirige la tesis, como las propias autoridades educativas que corresponde, avalan la tesis, cabe preguntarse si dicha persona tutora y autoridades carecen de responsabilidad, o más bien, deben ser co-responsables y esto tiene que cuestionarse en el caso concreto.

En buena medida, si la institución de educación superior en un primer momento avala la tesis con el error de citas, a través de sus profesores y autoridades respectivas, y en un segundo momento ya aprobado el examen de grado, le atribuye a la tesista -en el caso a la ministra- conductas faltas de método y ética por no citar apropiadamente, lo que está haciendo es reconocer la deficiencia de sus controles internos para determinar cuándo una tesis es correcta y esto lleva a la pregunta de ¿quiénes son los responsables de esos errores?

Por otra parte, aunque esa omisión de citar es un desdoro para la ministra en funciones, esto debe tomarse en su justa medida.

Esto trae a colación que muchas personas, formalmente cumplen con los programas de estudio de grado, pero sus conocimientos son cuestionables, y solo van superando cada evaluación hasta obtener el grado por razones que eventualmente se ocultan.

Sin mencionar instituciones, programas, ni personas específicas, si puedo exponer que muchos(as) alumnos(as) en programas de posgrado -tanto en el país, como fuera del mismo- los acreditan, por razones bien distintas a las que aparecen asentadas en las tesis, actas y documentos oficiales.

Hay quienes han comprado el título de especialista, maestro o doctor directamente con dinero, o bien, a través de otro tipo de favores. Incluso hay títulos “patito”.

Y eso también lleva a la pregunta de si el cumplimiento de una regla normativa o lineamiento metodológico lleva necesariamente a justificar una cierta calidad académica en la persona que cumple con esas reglas y lineamientos.

En el derecho, para resumir esto, existe un viejo refrán: Hay abogados sin título y hay títulos sin abogado.

En un plano sustantivo, más que preguntarse si una persona cumplió con las reglas del juego para obtener el grado de maestro o doctor, valdría la pena cuestionarse también si posee los conocimientos y habilidades para que se le reconozca como tal.

En el caso, es bueno hacerse la pregunta: ¿Yasmín Esquivel Mossa tiene los conocimientos y habilidades necesarias para ser ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación? En lo cual pueden existir más de una opinión, a favor o en contra.

Pero, allende todo lo anterior, debe resaltarse que los jueces y juezas, en especial los de última instancia, deben gozar de buena reputación y fama pública (Art. 95 de la Constitución) y este parece que es el gran problema que aqueja a la ministra, porque las omisiones de cita indicadas, al menos en un concepto personal, si lastiman seriamente su perfil para el encargo.

Tal vez, y esto también es posible, la ministra al presentar la tesis no fue consciente de forma propia de los errores de método y ética en los que incurrió en su tesis de doctorado, pero este mismo descuido -no criminal- en el escenario público, si le cuestiona sus valores.

Más, en otro riel, también debe mirarse a otras responsabilidades, las de profesores y autoridades educativas competentes y a que se tomen las medidas necesarias para que estos errores no se comentan en las tesis y trabajos de grado.

RYE

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