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Proponen 7.5 años de prisión en Michoacán por usurpar funciones de médicos

MiMorelia.com

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La legisladora local por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Lucila Martínez Manríquez, propuso este jueves una iniciativa de reforma al Código Penal del estado, para que sean sancionados con siete años de cárcel quienes usurpen las funciones de médicos.

Al dar lectura a su proyecto, en la sesión virtual que desarrollan los parlamentarios, recordó que ni en México ni en Michoacán es ético ni jurídicamente permitido, atribuirse el carácter de profesionista u ostentarse con algún grado académico sin tenerlo formal y legalmente.

"En lo que se refiere a la ética, atribuirse tal carácter, implica ser una persona incongruente o deshonesta. En lo referente a la dimensión estrictamente jurídica, es un comportamiento que constituye la comisión de un delito", dijo.

Apuntó que si bien la usurpación de funciones se presenta en cualquier materia, se manifiesta en mayor medida en el área médica, "lo que interfiere drásticamente en la inadecuada atención de los pacientes y por ende en violaciones a los principales derechos humanos de las personas, pues las víctimas siempre se acercan a los profesionales confiando en su conocimiento y capacidades para la solución de sus necesidades, sin embargo llegan a ser víctimas de quienes de manera dolosa abusan de su buena fe".

Agregó que, sobre todo, en la medicina estética es común que personas no certificadas ejerzan tal especialidad y apliquen tratamientos invasivos o incluso lleguen a realizar cirugías plásticas, "provocando resultados desfavorables y algunas veces irreversibles en la salud de los pacientes".

Por lo anterior, enfatizó, es que resulta necesario que tanto el gobierno como la sociedad se coordinen para que ese tipo de prácticas "tan graves como deshonestas" sean erradicadas.

Conforme a la propuesta, en el artículo 283 del Código Penal se establecería que comete el delito de usurpación de profesión quien, sin tener título profesional expedido por una institución educativa con reconocimiento de validez oficial de estudios o autorización para ejercer por la autoridad competente, desempeñe u ofrezca pública o particularmente sus servicios profesionales.

Establece una sanción de uno a cinco años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa, mismas penas que se aplicarían a quien sin ser funcionario público se atribuya ese carácter o ejerza funciones como tal.

Las penas señaladas en este artículo se aumentarían hasta en una mitad, es decir, 2.5 años más, cuando:

1. Se ejerza una rama de la medicina que requiera especialidad para su ejercicio.

2. Al servidor público que, en uso de sus funciones, o con la finalidad de ocupar cargo público se ostente como profesionista, sin contar con el título legalmente expedido.

Además, Lucila Martínez plantea reformar el artículo 288 para sancionar con una pena de cuatro a ocho años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa, a quien teniendo la calidad de médico realice sin autorización del paciente una operación quirúrgica que por su naturaleza ponga en peligro su vida.

Por: Sayra Casillas/SJS

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