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Política

TEPJF revierte decisión del INE y avala candidaturas impugnadas

Reconoció a 45 magistrados y jueces luego de acatar un fallo de la máxima instancia electoral

MiMorelia.com

Ciudad de México (MiMorelia.com).- El Instituto Nacional Electoral (INE) entregó constancias de mayoría a 45 candidaturas ganadoras a magistraturas de circuito y juzgados de distrito, luego de acatar diversas sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Estas candidaturas habían sido previamente declaradas inelegibles por el propio INE, en su mayoría por no cumplir con requisitos de promedio académico mínimo: 8 en licenciatura o 9 en la especialidad correspondiente. Sin embargo, el Tribunal resolvió que el INE no tenía facultades para interpretar los requisitos de elegibilidad, función que corresponde únicamente a los comités evaluadores de los tres poderes de la Unión.

Durante la sesión del Consejo General del INE, se procedió de manera unánime a cumplir con la sentencia de la Sala Superior del TEPJF, por tratarse de una instrucción directa.

La presidenta del Consejo General, Guadalupe Taddei, aclaró que esta resolución no representa un cambio de criterio por parte del Instituto, sino que el Tribunal sentó un precedente al diferenciar entre requisitos de idoneidad y de elegibilidad. Señaló que este tema será abordado en futuras mesas de análisis institucionales para clarificar el marco normativo aplicable.

Al realizar la entrega formal de las constancias, Taddei enfatizó que quienes en este acto reciben sus constancias de mayoría, las reciben con el mismo valor jurídico y político, sin importar si fueron entregadas directamente tras el cómputo de votos o como resultado de una sentencia derivada de un medio de impugnación. Su elección no es menos legítima ni menos válida; al contrario, representa la fortaleza de nuestras instituciones para corregir, garantizar y proteger la voluntad ciudadana”.

Entre las candidaturas reconocidas, se encuentran 12 mujeres a quienes inicialmente se les había negado el cargo, pese a haber obtenido mayoría de votos, bajo criterios de paridad de género. El Tribunal resolvió que el principio de paridad debe aplicarse para favorecerlas en este tipo de casos.

También hubo casos donde el primer lugar fue declarado inelegible y el segundo lugar solicitó la aplicación del artículo 97 constitucional, lo que permitió otorgarles la constancia de mayoría.

agm

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