Las Catrinas de Barro de Capula, Región de Origen, tienen vigente su registro de marca colectiva ante el IMPI (Foto Facebook: Xochitl Ruiz) 
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Piden legisladores aplicar ley contra venta de catrinas “pirata” en Michoacán

MiMorelia.com

Por: Sayra Casillas/@SayraCasillas2

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Diputados locales dieron luz verde a un punto de acuerdo para exhortar al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y al Instituto Nacional del Derecho de Autor para que emprenda las acciones necesarias que garanticen la protección de los derechos a los productores de catrinas de Capula.

El asunto fue planteado por el coordinador parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Alfredo Ramírez Bedolla, quien se pronunció en contra de las catrinas pirata que comúnmente, y principalmente en la temporada de Día de Muertos se encuentran en los anaqueles de las tiendas comerciales, en perjuicio de quienes las elaboran manualmente.

Las Catrinas de Barro de Capula, Región de Origen, tienen vigente su registro de marca colectiva ante el IMPI bajo el número 972207, con número de expediente 813617, con fecha de presentación 18/10/2006, con fecha de concesión del 13/02/2007, y con fecha de vigencia hasta el 18/10/2026, cuyo titular es la Asociación de Artesanos Alfareros de Catrinas de Capula A. C.

"Este registro está vigente, lo renovaron apenas hace un año y ahora estamos pidiendo que se aplique la Ley de Propiedad Industrial y la Ley de Derecho de Autor para estos productos que vienen de Asia y son una imitación vil de nuestros auténticos productos", mencionó.

Ramírez Bedolla no dejó de evidenciar que esas piezas se ofertan a un precio más bajo, pues son elaboradas con yeso, en línea, "a diferencia de nuestras catrinas que están hechas con las manos de los artesanos, una a una, es decir, cada pieza tiene el alma del artesano, a diferencia de las otras".

https://www.facebook.com/AlfonsoMtz.Mx/videos/2110099575873408/

Conforme al acuerdo aprobado se exhorta al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y al Instituto Nacional del Derecho de Autor, para que conforme a sus atribuciones ordene emprender las acciones e investigaciones necesarias, en aquellas empresas o tiendas departamentales legalmente constituidas, por presuntas infracciones administrativas o hechos que pudieran constituir algún delito y cesar la violación al derecho de autor, y así garantizar la protección de los derechos de propiedad industrial de las Catrinas de Barro de Capula Región de Origen.

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