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Michoacán

TEEM amonesta a medios de comunicación por VPRG contra una diputada

El TEEM amonestó públicamente ordenando su inscripción por dos años en el Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género

MiMorelia.com

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) declaró la existencia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPRG) cometida en perjuicio de una diputada local, a través de publicaciones en medios de comunicación y mensajes en redes sociales que utilizaron estereotipos discriminatorios de género, la denigraron y la exhibieron públicamente. El caso surgió después de que la legisladora asistiera a un evento del Congreso vestida con una falda, lo que desató comentarios misóginos e incluso amenazas.

El magistrado Adrián Hernández Pinedo, ponente del proyecto, explicó que se acreditó la responsabilidad de Ezequiel Gerardo Galicia Contreras, del medio Quadratín Michoacán, de La Polaka y de varios perfiles en Facebook e Instagram.

Como consecuencia, el TEEM amonestó públicamente al ciudadano y a los dos medios de comunicación mencionados, ordenando su inscripción por dos años en el Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. Además, decretó medidas de reparación integral a favor de la diputada y confirmó las medidas cautelares impuestas a los responsables.

La magistrada Alma Bahena Villalobos emitió un voto razonado en el que reconoció la gravedad de una expresión que podría considerarse una amenaza contra la vida de la denunciante.

“Al ser en materia electoral, se trata de una representante popular y que por ello reviste una especial gravedad en el contexto de violencia que enfrentan las mujeres en nuestro país”, señaló la magistrada, quien consideró necesario un pronunciamiento orientador para que la denunciante sepa que puede acudir a instancias competentes si su integridad se ve comprometida.

La magistrada presidenta, Amelí Navarro Lepe, también emitió un voto razonado enfatizando la responsabilidad de los medios. “Respeto plenamente la garantía de la libertad de expresión y prensa de los medios de comunicación, pero también de los derechos políticos electorales de las mujeres. Y en el presente asunto acompañaré, pero emitiré un voto razonado destacando que los medios de comunicación tienen una labor que cumplir en la construcción de una sociedad que no discrimine ni sea violenta con las mujeres. No solo es lo que se dice, sino también lo que se reproduce teniendo en cuenta el contenido de maximización que tienen los medios de comunicación por un periodismo sin sesgo de género y sin revictimización”, expresó.

El TEEM declaró la inexistencia de VPRG respecto de otros medios y personas denunciadas, al considerar que sus manifestaciones se enmarcaron en el ejercicio de la libertad de expresión y labor periodística. Las medidas cautelares impuestas a estas personas fueron revocadas.

La sentencia incluye la instrucción de realizar la versión pública del documento y vincula a la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres para su seguimiento.

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