Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El Poder Judicial de Michoacán deberá sentar precedentes por la saña y el uso de un arma de alto poder de cara a la audiencia de Osmar “N”, adolescente de 15 años que presuntamente atentó contra dos maestras de la preparatoria privada Antón Makárenko, en Lázaro Cárdenas, y que hoy está vinculado a proceso por el delito de feminicidio, resaltó el gobernador de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla.
Este 30 de abril se cumple el mes que determinó un juez certificado en justicia penal para adolescentes para el cierre de la investigación complementaria a la Fiscalía General del Estado (FGE).
Ramírez Bedolla puntualizó que se está abordando el tema con seriedad y responsabilidad, por lo que el Gobierno de Michoacán está atento a la audiencia, más para que se haga valer la justicia por los hechos que se llevaron a cabo el 24 de marzo pasado.
“Que actúen conforme a derecho y es un caso que tienen que causar precedentes distintos respecto a la justicia en el caso de delitos graves, donde hay alevosía, ventaja, saña, uso pues de un arma exclusiva del Ejército que se tiene que revisar este proceso”dijo
De la propuesta que plantea a nivel nacional para que haya sanciones más severas a menores infractores, y no solo lo que indica la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, Ramírez Bedolla comentó que se continúa trabajando en el tema, toda vez que se tiene que abordar con seriedad y responsabilidad.
Y es que Osmar "N" será juzgado como "menor infractor", de acuerdo con la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes en México, la cual aplica a menores entre 12 y 18 años que cometen delitos, garantizando sus derechos humanos y la especialización judicial; por tener 15 años, podría alcanzar hasta tres años de cárcel.
La ciudadanía pide que sea juzgado como adulto e, inclusive, exige que haya una pena de muerte para el menor, la cual en México está prohibida, tras ser abolida constitucionalmente en 2005, eliminando la última mención en el Código de Justicia Militar, luego de años de eliminación progresiva desde 1975; es el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos donde se prohíbe explícitamente esta práctica.
RPO