ESPECIAL
Michoacán

Michoacán blinda el 2027 contra la violencia digital; IA y "bots" serán sancionados en el Código Electoral

La reforma integral que analiza el Congreso contempla castigos para la difusión de "deepfakes", asedio de cuentas automatizadas y violencia sexualizada en redes sociales

Naomi Carmona

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).– Como parte de la reforma electoral más profunda que ha vivido Michoacán en la última década, el Congreso del Estado alista la integración de la "violencia digital" dentro del marco legal vigente. Esta nueva normativa busca castigar campañas sistemáticas, el uso de Inteligencia Artificial para fabricar noticias falsas y el asedio mediante cuentas automatizadas o "bots" que tengan como objetivo menoscabar los derechos político-electorales de los aspirantes.

Tal como lo adelantó la diputada Diana Espinoza Mercado, presidenta de la Comisión de Asuntos Electorales, esta reforma a 61 artículos del Código Electoral no solo busca una actualización administrativa, sino una protección real ante las nuevas tecnologías. La propuesta define la violencia digital como toda acción u omisión cometida a través de redes sociales o plataformas digitales que vulnere la equidad de la contienda o calumnie a los candidatos.

Un punto medular de esta iniciativa es la regulación de los contenidos generados por algoritmos. El Artículo 3 Ter considera como infracción la fabricación o difusión dolosa de audios, videos e imágenes creados mediante Inteligencia Artificial (conocidos como deepfakes) que simulen declaraciones o situaciones falsas de los precandidatos con el propósito de engañar al electorado o dañar su imagen pública.

Asimismo, la reforma pone especial énfasis en la protección de las mujeres. Se establece que el asedio digital que utilice "micromachismos", alusiones denigrantes al aspecto físico o violencia sexualizada, será sancionado bajo las reglas específicas de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. En estos casos, se aplicará de forma obligatoria la reversión de la carga de la prueba en favor de la víctima, obligando al denunciado a demostrar su inocencia.

La normativa también contempla una coordinación directa con la Fiscalía Especializada. En situaciones donde el asedio digital escale a la divulgación de contenido íntimo sexual sin consentimiento (Ley Olimpia), amenazas de muerte o difusión de datos personales sensibles que pongan en riesgo la integridad del candidato o su familia, la autoridad electoral deberá dictar medidas de protección inmediatas y dar vista a las autoridades penales correspondientes.

El texto de la propuesta aclara que estas sanciones no constituirán una mordaza para el ejercicio periodístico ni para la crítica severa hacia los servidores públicos. La ley protegerá la manifestación de ideas y el escrutinio público propio de un debate democrático, siempre y cuando no se incurra en la imputación de delitos falsos, el uso de estereotipos discriminatorios o la cosificación de las personas, asegurando que la contienda del 2027 se libre en un terreno de respeto y equidad digital.

BCT

Bodas y fiestas en recintos culturales de Michoacán generan polémica entre colectivos y autoridades

Prevén lluvias este viernes en Morelia; tome precauciones

México tendrá suministro eléctrico asegurado en el Mundial: CFE

Denuncian presuntos antecedentes de maltrato animal en CECyTEM 20 de Uruapan

Moody’s baja calificación crediticia de la CFE, pero mantiene perspectiva estable