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México

Obligatorio: transporte de petrolíferos y gas LP deberá contar con QR y sistema GPS

El Diario Oficial de la Federación oficializó nuevas reglas de control y trazabilidad en el transporte de hidrocarburos

MiMorelia.com

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La Comisión Nacional de Energía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) nuevas disposiciones administrativas que establecen la obligación de implementar balizado integral con código QR y sistemas de geolocalización (GPS) en todas las unidades vehiculares con permisos de transporte y distribución de petrolíferos, gas licuado de petróleo (LP) y petroquímicos.

De acuerdo con la normativa, cada vehículo deberá portar calcomanías autoadheribles con un código QR único, emitido y notificado por la Comisión, que permita identificar de manera inmediata y verificable a la unidad y a los productos transportados. La lectura del QR podrá realizarse con dispositivos móviles estándar, mostrando información como:

  • Nombre o razón social de la empresa permisionaria.

  • Número y tipo de permiso vigente.

  • Productos autorizados para transporte o distribución.

  • Estado operativo de la unidad y vigencia de seguros.

  • Origen, destinos y rutas autorizadas.

  • Matrícula y número de identificación vehicular.

Adicionalmente, todas las unidades deberán contar con un sistema GPS activo y certificado que permita el monitoreo en tiempo real, registro histórico y trazabilidad de la operación. La información deberá transmitirse en protocolos seguros (TLS 1.2 o superior) y almacenarse al menos durante 12 meses.

El SIRACP, sistema de registro administrado por la Comisión, concentrará los datos obtenidos a través de los QR y GPS para facilitar la supervisión, verificar permisos vigentes, prevenir irregularidades y reforzar la seguridad pública.

Las disposiciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF. Los permisionarios tendrán plazos específicos para adecuarse: 15 días hábiles para actualizar permisos con carros tanque vigentes y 30 días hábiles para implementar GPS en unidades de distribución de gas LP. El incumplimiento dará lugar a sanciones conforme a la Ley del Sector Hidrocarburos.

SHA

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