Plataformas deberán firmar contratos y transparentar algoritmos ARCHIVO
México

¡Justicia laboral! Apps deberán dar prestaciones a repartidores

IMSS, Infonavit, vacaciones y aguinaldo, entre los beneficios

MiMorelia.com

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Entró en vigor una reforma histórica que reconoce derechos laborales a repartidores y conductores de plataformas digitales de entrega y movilidad en México.

La nueva normativa modifica la Ley Federal del Trabajo para establecer una figura laboral que obliga a las plataformas a proporcionar a sus trabajadores acceso al IMSS, vacaciones, aguinaldo y seguridad ante despidos injustificados.

El impacto será inmediato para más de 500 mil personas que hasta ahora operaban sin ningún tipo de prestación, de acuerdo con datos del sector.

¿Quiénes acceden a estas prestaciones?

Para ser reconocidos como trabajadores subordinados, los repartidores deben cumplir al menos una de estas condiciones:

  • Acumular 80 horas de conexión mensuales.

  • Generar ingresos mensuales iguales o superiores al salario mínimo (8,364 pesos en el resto del país o 12,596 pesos en la Zona Libre de la Frontera Norte).

Incluso quienes no alcancen estos umbrales estarán protegidos por el seguro de riesgos laborales del IMSS mientras estén activos en la plataforma.

Entre las prestaciones que deberán brindar las plataformas están:

  • IMSS completo: atención médica, pensión, incapacidades y seguro por accidentes.

  • Infonavit: aportaciones patronales para crédito de vivienda.

  • Vacaciones y aguinaldo: conforme a la antigüedad laboral.

  • Un día de descanso por cada seis laborados.

  • Reparto de utilidades: aplicable al superar 288 horas anuales.

  • Indemnización por despido: tres meses de salario, más 20 días por año trabajado y prestaciones pendientes.

¿Pierden su independencia?

No. La reforma respeta la flexibilidad característica de este trabajo. No se impone horario fijo, y los repartidores seguirán decidiendo cuándo conectarse. La jornada no deberá exceder las 48 horas semanales y no se podrá sancionar la desconexión.

Las empresas deberán:

  • Afiliar a sus repartidores al IMSS e Infonavit.

  • Firmar contratos laborales escritos.

  • Reportar ingresos, horas y propinas semanalmente.

  • Transparentar el funcionamiento de sus algoritmos y comisiones.

  • No cobrar inscripciones ni retener pagos injustificadamente.

La carga fiscal no cambia. Se mantiene la retención automática de IVA e ISR implementada desde 2020. No es necesario realizar declaraciones adicionales si los ingresos no superan lo establecido por el SAT.

RPO

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