Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá garantizar la entrega de anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas a menores de edad con discapacidad auditiva, al declarar inconstitucional una norma que excluía estos insumos.
Durante la sesión de este martes, la resolución fue presentada por la ministra María Estela Ríos González, quien explicó que la decisión se originó a partir de un amparo previamente resuelto, en el que se ordenó brindar atención integral a un menor al que se le había negado cobertura.
La Corte concluyó que la exclusión establecida en el Artículo 42, fracción II, del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS vulneraba el interés superior de la niñez y el derecho a la salud, por lo que determinó su invalidez.
“Este derecho se hará extensivo para todos los niños, niñas y adolescentes que estén en las condiciones que establece la declaratoria de inconstitucionalidad”expuso la ministra al presentar el proyecto
La ministra Lenia Batres Guadarrama votó en contra del proyecto al considerar que no se evaluaron suficientemente las implicaciones presupuestales de la medida.
Argumentó que estos insumos no forman parte del cuadro básico universal del IMSS, por lo que su entrega generalizada podría generar desequilibrios en la asignación de recursos.
“Lo constitucionalmente exigible es la garantía de que su acceso sea evaluado caso por caso [...]”, sostuvo, al advertir que una declaratoria general podría resultar excesiva sin evidencia técnica sobre la capacidad financiera e infraestructura del instituto.
Especialistas consideran que este fallo podría impulsar cambios en políticas públicas de salud, así como ajustes en el presupuesto del IMSS para cumplir con la nueva obligación.
RPO