La CFE no impone multas por omitir el trámite, pero sí hay riesgos si no lo haces ARCHIVO
México

CFE: ¿Te pueden multar por no actualizar el titular del servicio eléctrico?

No cambiar el titular del recibo de luz puede causarte recargos o suspensión del servicio

MiMorelia.com

Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- Si recientemente cambiaste de casa, te separaste o falleció un familiar que figuraba como titular del servicio de energía eléctrica, es probable que te preguntes si es obligatorio hacer el cambio de nombre en el recibo de la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Aunque la ley no impone una multa directa por omitir este trámite, no hacerlo podría generarte varios problemas.

La CFE contempla sanciones por diversas razones, como conexiones irregulares —conocidas como “diablitos”—, daños al medidor o consumos fuera del contrato. Sin embargo, mantener el servicio a nombre de otra persona no está tipificado como una infracción sancionable. Aun así, el descuido puede tener consecuencias.

No estar registrado como titular del servicio puede impedirte realizar reportes por fallas, solicitar cancelaciones o resolver suspensiones. Además, podrías enfrentar recargos o limitaciones al intentar deslindarte de adeudos que no te corresponden.

¿Cómo cambiar el titular del recibo de la CFE?

El trámite se realiza exclusivamente de forma presencial en el Centro de Atención a Clientes de la CFE más cercano. Los requisitos varían según el caso:

1. Renta de inmueble:

  • Copia del RFC

  • Carta de exposición de motivos

  • Contrato de arrendamiento

  • INE del nuevo inquilino y del titular original

  • Foto reciente del medidor

2. Compra-venta de propiedad:

  • RFC y carta de motivos

  • Constancia predial

  • Contrato de compra-venta

  • INE del nuevo titular

  • Lectura actual del medidor

3. Fallecimiento del titular:

  • Solicitud de cambio

  • Acta de defunción

  • INE del nuevo titular y del fallecido

  • Código del punto de suministro (último recibo)

En caso de divorcio, se requiere presentar el acta correspondiente. El proceso puede tardar entre 15 y 20 días en reflejarse en el recibo.

La CFE sí impone multas por situaciones como:

  • Uso de “diablitos” o alteraciones al medidor.

  • Discrepancias entre consumo real y reportado.

  • Transferencia de energía sin autorización.

  • Pagos vencidos que generan recargos.

Cumplir con los lineamientos de la CFE es clave para evitar sanciones, mantener un historial limpio y asegurar la continuidad del servicio eléctrico en tu domicilio.

RPO

¿Nueva piel del canario? Atlético Morelia revela sus nuevas jersey

Consulados mexicanos atienden a detenidos en redadas migratorias en California

¡No te calles! Autoridades piden denunciar casos de cobro de piso

Fallece Alberto Pedret voz en el Señor de los Anillos y El Santo

Víctimas de Guerrero, Oaxaca y Chiapas: investigan explotación en rancho agrícola