Morelia, Michoacán (MiMorelia.com).- El diputado Humberto González Villagómez propuso reformar el Código Penal para el Estado, para que se castigue a los custodios o servidores públicos que faciliten el acceso o manejo de tecnologías o sustancias y objetos al interior de las cárceles, con una pena de 2 a 5 años de prisión, destitución del cargo e inhabilitación de hasta cinco años.
Humberto González expuso que tras una reunión con el titular del Sistema de Centros Penitenciarios de Michoacán, se conoció que la introducción de objetos y sustancias prohibidas a los centros penitenciarios trae consigo el incremento de la inseguridad tanto al interior, como al exterior, problemática ya vigente en otras entidades federativas, y que ha sido reiterada por la opinión pública, llamando la atención sobre la posibilidad de que los centros de rehabilitación se vuelvan focos de atención por la aglutinación de actividades delictivas, las llamadas "escuelas de crimen".
"El sistema de ejecución de penas requiere trabajar con estrategias que garanticen la confiabilidad de los policías custodios y encargados dentro de su estructura institucional, así como de la toma de decisiones informada y consciente de las necesidades de dichos centros", dijo.
Con esta iniciativa, dijo que se busca fortalecer la legislación y aportar para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad, así como la procuración para evitar la reincidencia delictiva, por lo que es necesario estructurar la normativa, para que los custodios o servidores públicos que realicen cualquier tipo de comisión o cargo al interior de dichos centros, sea verificado, y se le sancione cuando en colaboración, o bajo una tolerancia ilícita permita el acceso o manejo de tecnologías o sustancias y objetos que permitan que las personas ya detenidas sigan cometiendo acciones que pongan en riesgo a la seguridad de las personas tanto del interior como del exterior de los centros de detención.
El diputado integrante del Grupo Parlamentario del PRD expuso que, el Sistema de Centros Penitenciarios del Estado, ya se encuentra facultado para implementar medidas de vigilancia especial, para evitar que las personas privadas de su libertad incurran en conductas violentas en contra de otras personas detenidas, así como en contra del personal penitenciario o visitantes de los centros.
Sin embargo, dijo que el tipo penal sancionatorio para los propios servidores públicos requiere de un fortalecimiento, que, a la vez, sirva de fundamento para la separación del cargo de personas que atentan contra la seguridad de estos centros de ejecución.
Con las reformas propuestas, se fortalece la legislación para que las personas que delinquen sean sancionadas, además de que se aporta a mejorar las condiciones preventivas en materia de seguridad, y se fortalece la estructura institucional.
Boletín/PO