Por: M. en D. Marisol Regalado Moreno*
El tema “Acciones afirmativas como medio de protección para prevenir la violencia contra la mujer” es muy importante dentro del marco de los derechos humanos y la igualdad de género.
La violencia contra la mujer constituye una violación grave de los derechos humanos y un obstáculo para el desarrollo social, político y económico de la sociedad. A pesar de los avances normativos, la desigualdad estructural entre hombres y mujeres persiste, por lo que se requieren medidas específicas que promuevan la igualdad sustantiva.
Las acciones afirmativas son medidas temporales, de carácter compensatorio, que buscan eliminar desigualdades históricas y estructurales que afectan a determinados grupos en situación de desventaja.
Según la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), los Estados están facultados para adoptar medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre hombres y mujeres.
En el ámbito nacional, el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación del Estado de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos bajo los principios de igualdad y no discriminación, lo que da sustento a la implementación de acciones afirmativas.
Así como también la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 15, menciona que los tres órdenes de gobierno deberán reivindicar la dignidad de las mujeres en todos los ámbitos de la vida, establecer mecanismos que favorezcan su erradicación en escuelas y centros laborales privados o públicos, mediante acuerdos y convenios con instituciones escolares, empresas y sindicatos así como crear procedimientos administrativos claros y precisos en las escuelas y los centros laborales, para sancionar estos ilícitos e inhibir su comisión.
En el estado de Michoacán de Ocampo, como en el resto de México, la lucha por la igualdad de género ha implicado la adopción de acciones afirmativas encaminadas a garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres. Estas medidas buscan no solo compensar las desigualdades históricas que han limitado su participación en la vida pública, sino también prevenir y erradicar la violencia de género en todos los ámbitos.
El Instituto Electoral de Michoacán (IEM) ha aplicado acciones afirmativas de paridad sustantiva en los procesos electorales, obligando a los partidos políticos a registrar 50% de candidaturas de mujeres y 50% de hombres, tanto en ayuntamientos como en diputaciones locales.
Además, se han implementado medidas específicas para:
1. Garantizar la participación de mujeres indígenas y afromexicanas.
2. Prevenir la violencia política en razón de género, mediante la creación del Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres.
Las acciones afirmativas en Michoacán representan un paso fundamental hacia la igualdad sustantiva y la prevención de la violencia contra las mujeres. Su éxito depende de la continuidad institucional, la asignación de recursos adecuados y la participación activa de la sociedad civil.
Lograr una transformación profunda requiere combinar estas medidas con una educación no sexista, la rendición de cuentas, y el fortalecimiento de la cultura de la igualdad y el respeto a los derechos humanos.
* Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo
RYE-