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  TRÁMITE VEHICULAR  

CANJE  GENERAL DE PLACAS PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES DESTINADOS AL SERVICIO PÚBLICO ESTATAL.

 

TIEMPO DE RESPUESTA
Inmediata.

USUARIOS
Personas propietarias de vehículos automotores destinados al Servicio Público Estatal, que estén Inscritas en el Registro Estatal Vehicular.

OBJETIVO
Que los propietarios de vehículos automotores destinados al Servicio Público Estatal cumplan con el Canje General de Placas.

DOCUMENTOS A OBTENER

  • Juego de Placas Metálicas.
  • Calcomanía de Identificación. (Engomado Permanente)
  • Tarjeta de Circulación.
  • Recibo de Pago Oficial.
  • Tarjeta de Control.

PLAZO PARA CUMPLIR CON ESTE TRÁMITE

  • Debe realizarse el trámite en el periodo del 2 de Enero al 31 de Marzo del 2007 para los Vehículos Automotores modelo 1998 al 2007.
  • Para los Vehículos Automotores y Remolques modelo 1997 y anteriores, el periodo de canje es del 2 de Enero al 30 de Abril del 2007.

COSTOS

  • Autos, Autobuses, Camiones, Camionetas                                 $620.00

(Más Impuesto sobre Tenencia y/o Uso de Vehículos para los Automotores modelos 1998 a 2007, Actualizaciones, Recargos y Multas).
(Más el Importe correspondiente por la Renovación o Refrendo Anual de Concesiones de Servicio Público de Autotransporte Urbano y Foráneo, para las diferentes modalidades a que se refiere la Fracción I del Art. 7o de Ley de Ingresos del 2007 incluyendo la Reexpedición de Tarjeta de Control).

REQUISITOS
Presentarse el propietario.
Original (para cotejo) y copia simple de los siguientes documentos:

A) VEHÍCULOS NUEVOS:

  • Copia de la Factura por ambos lados.
  • Identificación oficial como puede ser:
    • Credencial para Votar, expedida por el Instituto Federal Electoral.
    • Cartilla Militar.
    • Pasaporte Vigente.
    • Licencia de Manejo Vigente del Estado de Michoacán.
    • Cedula Profesional.
    • Matricula Consular Vigente.
  • Copia de la Concesión o Documento que ampare ésta.
  • Placas.
  • Tarjeta de Circulación.
  • Tarjeta de Control.

De requerirse, se le solicitará alguno(s) de los siguientes documentos:

  • Si el vehículo fue registrado (dado de alta) con carta factura deberás presentar copia simple de la factura por ambos lados.
  • Si realiza el trámite a través de una segunda persona (gestor), la representación de la persona física o moral deberá constar en Carta poder, firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante, del aceptante y de los testigos; ante las propias autoridades fiscales o ante notario o fedatario público así como original y fotocopia de la Identificación oficial del aceptante del poder.
  • En el supuesto de no entregar 1 o las 2 placas proporcionar original para su cotejo y fotocopia simple de la Denuncia ante el Ministerio Público.
  • A falta de la Tarjeta de Circulación deberá presentar comprobante de No Infracción; expedido por las Comandancias de la Policía Estatal Preventiva así como Policía y Tránsito Municipal, cuando este servicio esté Municipalizado.

LUGAR DONDE SE SOLICITA EL TRÁMITE
Oficinas Recaudadoras de Rentas del Estado, que cuenten con servicios de Control Vehicular, así como en los módulos en donde se presten estos servicios.

INFORMACIÓN

  • Llama sin costo al 070 Tramita Fácil en el horario de 9:00 a 20:00 hrs en horario corrido de lunes a viernes.
  • En Internet en la página de la Subdirección de Ingresos www.ingresos.michoacan.gob.mx en donde puede consultar:
    • Nombre de los titulares, domicilios, teléfonos y trámites que se pueden realizar en las diferentes oficinas Recaudadoras de Rentas del Estado.
    • Requisitos para los diferentes trámites que se prestan en estas oficinas.
    • Domicilios en el Estado en donde se pueden obtener los exámenes de manejo expedidos de manera gratuita por las Delegaciones de la Policía Estatal Preventiva.
  • En Morelia, acude al Departamento de Asistencia al Contribuyente, ubicado en el Ortega y Montañés #290 en el horario de 9:00 a 20:00 hrs en horario corrido de lunes a viernes.

FUNDAMENTO JURÍDICO
LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, ARTICULO 42, FRACCIÓN VI INCISO C); LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007, ARTICULO 7.

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